La Ley 63-17 y las resoluciones del Intrant establecen regulaciones sobre el uso de accesorios en vehículos, incluidos sirenas, luces especiales y modificaciones en parachoques. Aunque no todo está prohibido, es fundamental conocer lo que la normativa permite y lo que no, especialmente para evitar sanciones.
Uno de los temas más debatidos es el uso de sirenas en vehículos particulares. A pesar de que estos dispositivos están destinados solo a vehículos de emergencia, muchos conductores las utilizan para abrirse paso en el tráfico, lo que genera confusión y pone en riesgo la seguridad vial. La Digesett está atenta a estas infracciones y puede retener equipos que se usen de manera indebida.
La ley prohíbe el uso de sirenas, pitos y bocinas en vehículos no autorizados, y la multa por esta infracción puede ir de uno a tres salarios mínimos. Además, se regula el uso de luces, limitando aquellas que pueden ser visibles desde el frente del vehículo y estableciendo excepciones para vehículos de emergencia. Entre los elementos prohibidos se encuentran también objetos que obstruyan la visibilidad y pantallas visibles para el conductor mientras maneja.
Es importante que los conductores se informen sobre las normas para evitar sanciones que pueden incluir multas y la pérdida de puntos en la licencia. A medida que se intensifican los controles, el respeto por estas regulaciones se vuelve crucial para garantizar la seguridad en las calles de la República Dominicana.



