La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) está facultada para imponer multas a peatones que incumplan las normas de tránsito, no solo a conductores, según informó Diario Libre. Estas sanciones pueden alcanzar el monto de un salario mínimo del sector público.
La Ley 63-17 de Movilidad y Transporte establece que las infracciones cometidas por peatones y pasajeros se registran con su número de cédula, lo que podría reflejarse en certificados de buena conducta o antecedentes penales. Esto implica que una falta aparentemente menor puede tener consecuencias en documentos oficiales.
Para evitar sanciones, los peatones deben cruzar en los pasos peatonales o puentes peatonales cuando existan, y fuera de estos puntos hacerlo en línea recta y perpendicular a la vía, cediendo el paso a los vehículos. Además, deben obedecer las indicaciones de los agentes de tránsito y permitir el paso a unidades de emergencia con sirenas encendidas.
Las bandas blancas del paso de cebra indican el espacio habilitado para cruzar y obligan a los conductores a detenerse si un peatón ya inició el cruce. Sin embargo, los peatones deben cruzar con precaución y no asumir que todos los vehículos frenarán. Asimismo, las líneas amarillas y blancas en la vía ayudan a anticipar movimientos y prevenir accidentes.



